Historia
Escudo


  Escudo oficial de Cartago

Decreto N. 18.457-G

El Presidente de la República y el Ministerio de Gobernación y Policía, en ejercicio de las facultades que les confiere la Constitución Política y considerando:

1. Que el 17 de agosto de 1565, S.M. Felipe II, Rey de España, le otorgó a la Ciudad de Cartago un Escudo de Artmas, cuyas características están descritas en el documento de otorgamiento.

2. Que a pesar de éste antecedente histórico,nunca se ha adoptado oficialmente una representación gráfica del mismo y con ello se ha producido una proliferación de modelos distitntos, que causan confusión.

3. Que el Concejo Municipal de Cantón Central de Cartago en su artículo No. 10 del Acta No. 330, sesión celebrada el 5 de setiembre de 1988, acordó adoptar como Escudo Oficial de la Provincia de Cartago, el pintado por un maestro guatemalteco en el año 1729 y que se encuentra bajo custodia del Museo del Colegio de San Luis Gonzaga y está instalado en la Sala de Sesiones de su Junta Administrativa, que tiene las características señaladas originalmente por el Rey Felipe II, y los detalles artísticos que le corresponden, según la interpretación auténtica del Concejo Municipal de Cartago.

4. Que el Concejo Municipal del Cantón Central de Cartago, solicitó al Poder Ejecutivo la ratificación de este acuerdo, para oficializar ésta decisión con dispensa de trámites de comisión y acuerdo firme.

Por tanto decretan:

Artículo 1. Declárece Escudio oficicial de la provincia de Cartago, el que reúne las siguientes características: “… un escudo partido en dos partes: que en la primera parte alta esté un león rampante puesto en salto, en campo colorado, con una corona en la cabeza y con tres barras de sangre; y en la parte baja esté un castillo de oro en campo azul; e por orla del dicho escudo seis águilas negras en campo de plata, e por divisa una corona grande de oro con un letreto que diga: Fide Et Pace, o como la mi merced fuese etc…”

Artículo 2. Queda totalmente prohibido el uso de ejecusión de cualquier otro escudo que no sea el que oficialmente se dispone en el presente decreto.

Artículo 3. El Ministerio de Educación Pública y el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, velarán por el fiel cumplimiento de lo que, aquí se dispone.

Artículo 4. Este decreto rige a partir de su publicación.
Dado en la Ciudad de Cartago, República de Costa Rica, el quince de setiembre de mil novecientos ochenta y ocho.

Publíquese:
Oscar Arias Sáncez (Presidente de la República) y Lic. Antonio Alvarez Desanti (Ministro)

(***) Publicado en La Gaceta No. 188 del 4 de octubre de 1988

Versión oficializada del Escudo de Cartago:

La Municipalidad de Cartago, como parte de los actos de celebración del aniversario de la Independencia de Costa Rica, en 1988, dispuso identificar –a la luz de la información conocida- una versión del escudo de armas de Cartago y darle carácter oficial.

Al efecto se tuvo a la vista algunas cartas que el Prof. Jesús Baldares Molina le escribió al Concejo Municipal sobre el tema y la publicación del Sr. Carlos A. Serrano Bonilla, titulada: “Referencias sobre Heráldica – Escudo de Armas de la Ciudad de Cartago”. Importancia fundamental tuvo la “Carta al Ejecutivo Municipal”, del 26 de febrero de 1988, que el Dr. Franco Fernández Esquivel, historiador cartaginés, publicó en su libro “Páginas de Cartago – Antología Periodística y Apuntes”.

Con estos antecedentes se adoptó la representación gráfica propiedad de la Municipalidad que está depositada en el Museo Etnográfico del Colegio de San Luis Gonzaga y se encuentra colocada en la Oficina del Director del Colegio.

Según la información disponible, esta versión fue pintada por un pintor guatemalteco en 1729 y tiene el estilo y características que por su naturaleza le corresponden.

Para respaldar la decisión, se citan tres actos importantes: El mandato del Rey Felipe II en 1565; el Acuerdo de la Municipalidad que registra la decisión, del mes de setiembre de este año; y el Decreto Ejecutivo firmado por el señor Presidente de la República y su Ministro de Gobernación, suscrito en sesión del Consejo de Gobierno, celebrara en –Cartago en la noche del 14 de setiembre y publicado en La Gaceta No. 188 del 4 de octubre de 1988.

Mandato del Rey de España (*)

“Don Felipe etc. Por cuanto el Capitán Diego Caro de Mesa, procurador general de la Provincia de Cartago y Costa Rica, en nombre del Consejo, Justicia y Regimiento de la Ciudad de Cartago, que es en la dicha provincia, me ha hecho relación que los vecinos e moradores de la dicha ciudad nos habían servido bien y lealmente en el descubrimiento y población de dicha provincia hasta la haber hallado e puesto en quietud e sociego los indios naturales della en lo que había gastado mucha cantidad de pesos oro de sus propias haciendas, sin les haber hecho gratificación alguna, suplicándome en el ddicho nombre que, atento a lo susodicho, e porque de sus servicios quedase pérpetua memoria, mandásemos dar por armas a la dicha ciudad un escudo partido en dos partes: que en la primera parte alta esté un león rampante puesto en salto, en campo colorado, con una corona en la cabeza e con tres barras de sangre; y en la otra parte baja esté un castillo de oro en campo azul; y por orla del dicho escudo seis águilas negras en campo de plata, e por divisa una corona grande de oro con un letrero que diga: FIDE ET PACE, o como la mi merced fuese et. E yo, acatando lo susodicho y teniendo concideración a los servicios que la dicha ciudad e vecinos nos han hecho y los que esperamos que nos harán de aquí adelante, e porque dellos quede pérpetua memoria, tovimos por bien de le mandar dar las dichas armas de que uso se hace mención en un escudo a tal como este, etc. Dada en el Bosque de Segovia a 14 de agosto de 1565. Yo el REY”.

(*) Serramo Bonilla, Carlos A. Referencias sobre Heráldica. Escudo de Armas de la Ciudad de Cartago, San José, Costa Rica 1987.


Acuerdo Municipal (**)

“El Concejo Municipal del Cantón de Cartago: Visto: el 17 de agosto de 1565, S.M. Felipe II, Rey de España, le otorgó a la ciudad de Cartago un Escudo de Armas, cuyas características están descritas en el documento de otorgamiento. A pesar de este antecedente histórico nunca se ha adoptado oficialmente una representación gráfica del mismo, y con ello se ha producido una proliferación de modelos distintos, que causan confusión.

Considerando:

1. Que el Escudo de Armas otorgado a la ciudad de Cartago, tiene las siguientes características: “… un escudo partido en dos partes: que el a primera parte alta esté un león rampante puesto en salto, en campo colorado, con una corona en la cabeza e con tres barras de sangre; y en la parte baja esté un castillo de oro en campo azul; e por orla del dicho escudo seis águilas negras en campo de plata, e por divisa una corona grande de oro con un letrero que diga: Fide Et Pace, o como la mi merced fuese etc.”

2. Que a esta clara descripción de las características del Escudo de Armas de la Ciudad de Cartago hay que agregar una representación gráfica adecuada, basada en antecedentes históricos, que facilite la construcción de una unidad invariable.

3. Que la Municipalidad de Cartago es propietaria de una representación gráfica del Escudo de Armas de la ciudad de Cartago, pintada por un maestro guatemalteco, en el año de 1729, y que hoy, restaurada por técnicos al servicio del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, se encuentra bajo custodia del Museo del Colegio de San Luis Gonzaga y está instalada en la Sala de Sesiones de su Junta Administrativa.

4. Que esta representación gráfica responde a cabalidad tanto a las características señaladas en el documento de otorgamiento, como a los requerimientos artísticos usuales en la materia.

Acuerda:

1. Adoptar como Escudo Oficial de Cartago el pintado por un maestro guatemalteco en el año 1729 y que se encuentra bajo custodia del Museo de Colegio de San Luis Gonzaga y está instalado en la Sala de Sesiones de su Junta Administrativa, que tiene las características señaladas originalmente por el Rey Felipe II, y los detalles artísticos que le corresponden, según la interpretación auténtica del Concejo Municipal de Cartago.

2. Distribuir copias a colores de este Escudo Oficial de Cartago, a las instituciones relacionadas, a nivel nacional; pero de manera especial a las de Cartago con énfasis en las de educación, con el propósito de que se trasmita el mensaje a los estudiantes y se adopte un sólo emblema. Estas copias llevarán la indicación del número y fecha del presente acuerdo.

3. Solicitar al Poder Ejecutivo la ratificació de este acuerdo para oficializar esta decisión del Concejo Municipal de Cartago. Con dispensa de trámites de Comisión y acuerdo firme”.


Información suministrada por la Oficina de Prensa de la Municipalidad de Cartago.


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